Este artículo fue elaborado a partir de respuestas disponibles públicamente, presentadas en el marco de Solicitudes de Información (Requests for Information) emitidas por los reguladores bancarios. Resume y sintetiza, con fines exclusivamente informativos, los temas, perspectivas e información recogidos en esas respuestas. El artículo no representa la opinión de ningún regulador, participante o institución, ni la de la Firma, y no debe interpretarse como asesoría legal, regulatoria o de cumplimiento.
Resumen ejecutivo

La Pregunta 22 analiza si las agencias deberían adaptar el marco a los bancos comunitarios y, de ser así, si deberían aplicarse estándares diferentes según el tamaño y la complejidad de la institución. Una minoría de las respuestas respalda expresamente una adaptación proporcional y basada en el riesgo, y varias recomiendan ajustar las expectativas según el tamaño, la complejidad, el perfil de riesgo y el modelo de negocio. Otras advierten que una adaptación demasiado amplia podría debilitar la supervisión si no se establecen salvaguardas claras. El reto central consiste en ofrecer un tratamiento proporcional a los bancos comunitarios sin reducir el rigor ni la coherencia de la supervisión.
Puntos clave:

- Uno de los participantes propone ajustar proporcionalmente las expectativas para reflejar la menor complejidad y el menor riesgo sistémico de los bancos comunitarios.
- Varias respuestas respaldan expresamente un enfoque basado en el riesgo que adapte las expectativas al tamaño, la complejidad y el modelo de negocio.
- Parte de la evidencia favorece ajustar la materialidad para que una disminución de capital o liquidez considerada material en un banco grande no se considere automáticamente material en un banco comunitario.
- Algunos participantes advierten que un mandato amplio de “adaptación” podría dar lugar a una supervisión menos exigente cuando los riesgos requieren mayor rigor.
- Las solicitudes de claridad, transparencia y coherencia en las definiciones y en su aplicación mediante la supervisión se repiten en varias respuestas.
Conclusión general:
Las agencias deberían adaptar el marco a los bancos comunitarios mediante un enfoque proporcional y basado en el riesgo, que ajuste las expectativas al tamaño, la complejidad, el perfil de riesgo y el modelo de negocio. Esto debería incluir umbrales de materialidad adaptados y orientación clara. También se necesitan salvaguardas para asegurar que la proporcionalidad no debilite la capacidad de intensificar la supervisión cuando sea necesario.

La pregunta (Ref. n.º 22)
¿Cómo deberían las agencias adaptar el marco a los bancos comunitarios? Por ejemplo, ¿deberían aplicarse estándares diferentes a instituciones de distinto tamaño y complejidad? Explique.
Respuesta directa a la pregunta

Adoptar estándares proporcionales y basados en el riesgo que se ajusten expresamente al tamaño, la complejidad, el perfil de riesgo y el modelo de negocio del banco.

Reconocer la menor complejidad y el menor riesgo sistémico de los bancos comunitarios mediante expectativas y requisitos proporcionados a sus características.

Ajustar los umbrales de materialidad para que las disminuciones previstas de capital o liquidez consideradas materiales en bancos grandes no se consideren automáticamente materiales en bancos comunitarios.

Publicar orientación y ejemplos que aclaren cómo se aplicará la adaptación en situaciones frecuentes y ante distintos perfiles de riesgo.

Responder a la preocupación de que la “adaptación” pueda dar lugar a una supervisión menos exigente, preservando la facultad de los examinadores para intensificarla cuando los riesgos lo justifiquen.

Introducción
La Pregunta 22 plantea cómo deberían adaptar las agencias el marco a los bancos comunitarios y si deberían aplicarse estándares diferentes a instituciones de distinto tamaño y complejidad. Las respuestas reflejan un debate claro: algunos participantes solicitan un enfoque proporcional y basado en el riesgo, mientras que otros advierten que, sin límites claros y una aplicación coherente, podría producirse una relajación excesiva de la supervisión.
Lecciones que se desprenden de la evidencia

El razonamiento de quienes respondieron apunta a tres lecciones. Primero, la proporcionalidad permite que el marco se ajuste mejor cuando las instituciones difieren en tamaño, complejidad y riesgo. Segundo, una orientación con ejemplos reduce la ambigüedad y las diferencias en la aplicación. Tercero, una adaptación demasiado amplia puede producir una supervisión insuficiente, por lo que el marco debe preservar la capacidad de intensificarla cuando las circunstancias requieran mayor rigor.
El reto

Las respuestas muestran una tensión práctica. Aunque muchos participantes solicitan una adaptación proporcional basada en varios factores, otros destacan la necesidad de claridad, coherencia y salvaguardas sólidas que eviten debilitar la supervisión. Entre las dificultades recurrentes se encuentran establecer umbrales de materialidad diferenciados y precisar cuándo una práctica constituye una “práctica insegura o no sólida” para un banco comunitario, en comparación con una institución de mayor tamaño.
Criterios en evolución
Las respuestas evalúan la adaptación mediante factores como el tamaño, la complejidad, el perfil de riesgo, el modelo de negocio y la materialidad según el contexto. Entre los ejemplos se encuentran la aplicación de un umbral más exigente para determinar que una práctica es insegura o no sólida en un banco comunitario y el reconocimiento de que ciertas disminuciones de capital o liquidez consideradas materiales en bancos grandes pueden no serlo en bancos comunitarios.
Un marco basado en las respuestas recibidas

De las respuestas se desprende un marco proporcional y basado en el riesgo, ajustado al tamaño, la complejidad, el perfil de riesgo y el modelo de negocio, y respaldado por orientación ilustrativa y criterios de materialidad adaptados. Este enfoque busca mantener una supervisión proporcional y sólida, preservando al mismo tiempo el criterio de los examinadores para intensificarla cuando los riesgos superen la capacidad del banco comunitario para gestionarlos.
Patrón observado en las respuestas
Las respuestas muestran un patrón claro. Las asociaciones del sector y los bancos solicitan que la supervisión se ajuste a la menor complejidad y al menor riesgo sistémico de los bancos comunitarios mediante una evaluación de varios factores. Los bancos piden que los reguladores consideren expresamente sus modelos de negocio y perfiles de riesgo. Los análisis jurídicos contemplan umbrales de materialidad diferentes según el tamaño de la institución, mientras que las organizaciones de interés público advierten que esa adaptación no debe reducir la capacidad de intervenir de manera decidida cuando los riesgos aumenten.

Recomendaciones
- Incorporar en la norma una adaptación proporcional y basada en el riesgo, ajustada al tamaño, la complejidad, el perfil de riesgo y el modelo de negocio.
- Ajustar proporcionalmente las expectativas aplicables a los bancos comunitarios para reflejar su menor complejidad y menor riesgo sistémico, manteniendo el rigor de la supervisión.
- Adaptar la materialidad de los efectos sobre el capital y la liquidez para evitar que los umbrales de los bancos grandes se apliquen automáticamente a los bancos comunitarios.
- Publicar orientación y ejemplos que aclaren cómo se aplican las expectativas adaptadas en situaciones habituales de los bancos comunitarios.
- Preservar la facultad de los examinadores para identificar los riesgos, intensificar la supervisión y exigir su remediación, atendiendo así la preocupación por una supervisión excesivamente flexible.
- Especificar los factores utilizados para adaptar las expectativas —por ejemplo, complejidad, actividades y volumen de activos—, con el fin de mejorar la transparencia y la coherencia entre las agencias.
- Revisar periódicamente los estándares adaptados para asegurar que continúen siendo proporcionales y sólidos a medida que evolucionen los perfiles de riesgo.
Conclusión

Las respuestas respaldan un marco adaptado y basado en el riesgo para los bancos comunitarios, en el que las expectativas se ajusten al tamaño, la complejidad, el perfil de riesgo y el modelo de negocio. Adaptar la materialidad y publicar orientación ilustrativa puede hacer que este enfoque sea práctico y coherente. Al mismo tiempo, las agencias deberían preservar mecanismos firmes para intensificar la supervisión, atendiendo la preocupación de que la “adaptación” pueda conducir a un menor rigor. En síntesis, los estándares proporcionales acompañados de salvaguardas claras ofrecen la mejor respuesta a la Pregunta 22.
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