Este artículo fue elaborado a partir de respuestas disponibles públicamente, presentadas en el marco de Solicitudes de Información (Requests for Information) emitidas por los reguladores bancarios. Resume y sintetiza, con fines exclusivamente informativos, los temas, perspectivas e información recogidos en esas respuestas. El artículo no representa la opinión de ningún regulador, participante o institución, ni la de la Firma, y no debe interpretarse como asesoría legal, regulatoria o de cumplimiento.
Resumen ejecutivo

La Pregunta 18 analiza si las infracciones de leyes bancarias y relacionadas con la actividad bancaria deberían servir de fundamento para emitir MRA y, de ser así, con qué precisión debería definirse ese ámbito. En general, las respuestas respaldan el concepto, pero destacan la necesidad de establecer límites claros, proporcionar ejemplos y mantener el alcance alineado con las facultades legales de aplicación de cada agencia. Las opiniones difieren respecto de si deberían incluirse leyes estatales además de las normas bancarias federales. El reto central consiste en permitir que las instituciones conozcan de antemano las normas aplicables y asegurar una aplicación uniforme, evitando al mismo tiempo la superposición de competencias y la ambigüedad.
Puntos clave:

- Los participantes solicitan que las agencias publiquen las categorías de leyes que consideran “bancarias y relacionadas con la actividad bancaria”.
- Varias respuestas recomiendan limitar las MRA a las leyes que la agencia correspondiente tenga facultad legal específica para hacer cumplir.
- Algunos participantes consideran que solo deberían servir de fundamento para una MRA las leyes bancarias federales respecto de las cuales las agencias tengan la responsabilidad principal de aplicación.
- Otros respaldan incluir como fundamento para las MRA las infracciones comprobadas de leyes estatales y federales sobre banca y protección financiera al consumidor.
- La necesidad de que las instituciones conozcan con claridad qué normas están cubiertas y de evitar la superposición de facultades de supervisión son razones recurrentes para solicitar una definición más precisa.
- Varias respuestas advierten que la expresión es ambigua y plantean la pregunta de dónde debe trazarse el límite entre las leyes bancarias y aquellas relacionadas con la actividad bancaria.
- Múltiples respuestas confirman que las MRA deberían basarse en infracciones comprobadas de leyes o regulaciones, y no en expectativas generales de supervisión.
Conclusión general:
La mayoría coincide en que las infracciones de leyes “bancarias y relacionadas con la actividad bancaria” pueden servir adecuadamente de fundamento para emitir MRA, pero solicita límites expresos, ejemplos y una clara correspondencia con las facultades de aplicación de cada agencia. El mayor grado de acuerdo se concentra en aclarar la definición y, para muchos participantes, limitarla a las leyes que las agencias puedan hacer cumplir directamente, aunque otros también incluirían leyes estatales.

La pregunta (Ref. n.º 18)
Conforme a la propuesta, las agencias podrían citar como MRA infracciones de leyes o regulaciones bancarias y relacionadas con la actividad bancaria. ¿Es ese el ámbito adecuado? ¿Deberían las agencias aclarar qué se entiende por leyes bancarias y relacionadas con la actividad bancaria? De ser así, ¿qué debería incluirse? ¿Debería limitarse el alcance a las leyes federales de carácter bancario o relacionadas con la actividad bancaria? ¿Por qué?
Respuesta directa a la pregunta

La mayoría de quienes respondieron (70 %) respalda el uso de infracciones de leyes bancarias y relacionadas con la actividad bancaria como fundamento para las MRA. Esto indica que el ámbito general es adecuado, pero necesita límites más claros.

Las respuestas solicitan que las agencias definan el término mediante la publicación de categorías y ejemplos ilustrativos de las leyes y regulaciones bancarias y relacionadas con la actividad bancaria.

Varios participantes recomiendan limitar las MRA a las leyes que la agencia emisora tenga facultad legal específica para hacer cumplir, vinculando así su alcance con una competencia claramente establecida.

Algunos proponen restringir aún más el alcance a las leyes bancarias federales y relacionadas con la actividad bancaria respecto de las cuales las agencias tengan la responsabilidad principal de aplicación.

Otros sostienen que el alcance debería incluir infracciones comprobadas de leyes estatales y federales sobre banca y protección financiera al consumidor, y no limitarse a las normas federales.

Pese a sus diferencias, las respuestas destacan la necesidad de permitir que las instituciones conozcan de antemano las normas aplicables, evitar la superposición de competencias y basar las MRA en infracciones legales comprobadas, en lugar de hacerlo en expectativas de supervisión.

Introducción
Conforme a la propuesta, las agencias podrían citar como MRA infracciones de leyes o regulaciones bancarias y relacionadas con la actividad bancaria. La Pregunta 18 analiza si ese es el ámbito adecuado, si se necesita mayor claridad sobre qué normas incluye, qué debería incorporarse y si el alcance debería limitarse a la legislación federal. Las respuestas abordan estos asuntos centrándose en la precisión de la definición, las facultades de aplicación y el tratamiento de las leyes estatales.
Lecciones que se desprenden de la evidencia

El razonamiento de quienes respondieron destaca varios temas recurrentes: una definición clara reduce la ambigüedad y permite que las instituciones conozcan de antemano las normas aplicables; vincular el alcance con las facultades legales de aplicación evita la superposición de competencias; y publicar categorías o ejemplos facilita una actuación coherente de los examinadores. Cuando las definiciones son vagas, aumenta el riesgo de diferencias en la aplicación y de conflictos de competencia. Exigir que las MRA se basen en infracciones comprobadas las vincula con la ley, en lugar de con expectativas subjetivas, y mejora la previsibilidad.
El reto

La dificultad práctica consiste en trazar un límite funcional para las leyes “bancarias y relacionadas con la actividad bancaria” que no sea excesivamente amplio ni deje fuera normas relevantes. Las respuestas advierten sobre la superposición de competencias y las diferencias de criterio entre examinadores si la expresión continúa siendo ambigua. También identifican una tensión entre limitar el alcance a la legislación federal e incluir leyes estatales sobre banca y protección financiera al consumidor. El principal reto de implementación es permitir que las instituciones conozcan de antemano las normas aplicables y asegurar una aplicación uniforme, sin impedir que los supervisores citen infracciones legales comprobadas.
Criterios en evolución
Las respuestas evalúan el alcance desde una perspectiva jurídica y de supervisión: la existencia de una facultad legal específica de aplicación; si una agencia tiene la responsabilidad principal de hacer cumplir la norma; la relación con las leyes bancarias y de protección financiera al consumidor; y el requisito de que las MRA se basen en infracciones comprobadas. También destacan la equidad del procedimiento, el conocimiento previo de las normas aplicables y la uniformidad como elementos esenciales de una definición aceptable.
Un marco basado en las respuestas recibidas

De las respuestas se desprende un enfoque común: definir expresamente el ámbito mediante categorías; vincular la inclusión de una norma con las facultades de aplicación de la agencia; aclarar cómo se integran las leyes estatales y federales; y proporcionar ejemplos ilustrativos que permitan conocer con claridad las normas cubiertas. Las MRA deberían aplicarse únicamente a infracciones comprobadas, y no a expectativas generales, y las agencias deberían coordinarse para evitar superposiciones. Este enfoque busca ofrecer certeza a las instituciones y uniformidad a los examinadores, preservando al mismo tiempo las herramientas de supervisión necesarias.
Patrón observado en las respuestas
Un patrón representativo combina una definición clara con la correspondencia entre el alcance y las facultades de aplicación. Las respuestas recomiendan publicar una lista organizada por categorías y ejemplos de las leyes cubiertas, y limitar las MRA a las normas que las agencias puedan hacer cumplir —con frecuencia, destacando las leyes bancarias federales respecto de las cuales tienen responsabilidad principal—. Otros participantes sostienen que también deberían incluirse las leyes estatales y federales de protección financiera al consumidor. Esta diferencia entre precisión y amplitud puede resolverse mediante criterios transparentes y ejemplos claros.

Recomendaciones
- Publicar una clasificación por categorías de las leyes y regulaciones “bancarias y relacionadas con la actividad bancaria”, acompañada de ejemplos ilustrativos.
- Limitar la posibilidad de citar una infracción mediante una MRA a las leyes que la agencia emisora tenga facultad legal específica para hacer cumplir.
- Aclarar cuándo el alcance se limita a las leyes federales y cuándo las leyes estatales sobre banca y protección financiera al consumidor pueden servir de fundamento para una MRA.
- Proporcionar herramientas prácticas para los examinadores y orientación coordinada entre las agencias, con el fin de asegurar una aplicación uniforme y reducir las superposiciones.
- Asegurar que las instituciones conozcan de antemano las categorías cubiertas, identificándolas previamente y actualizando los ejemplos de manera periódica.
- Centrar las MRA en infracciones comprobadas de leyes o regulaciones, y no en expectativas generales de supervisión.
- Coordinar con los supervisores estatales para definir los límites de competencia y evitar medidas duplicadas o contradictorias.
Conclusión

La mayoría de las respuestas respalda utilizar las infracciones de leyes “bancarias y relacionadas con la actividad bancaria” como fundamento para las MRA, pero solicita que el término se defina expresamente y tenga límites claros. La evidencia favorece una definición vinculada con las facultades legales de aplicación, complementada con categorías y ejemplos publicados que permitan conocer de antemano las normas aplicables y favorezcan una aplicación coherente. Las opiniones difieren respecto de la inclusión de las leyes estatales: algunos participantes favorecen un alcance exclusivamente federal cuando las agencias tienen la responsabilidad principal de aplicación, mientras que otros respaldan la inclusión de normas estatales y federales sobre banca y protección financiera al consumidor. Criterios claros y una coordinación adecuada pueden conciliar ambas posiciones y permitir una aplicación efectiva de la propuesta.
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